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viernes, 5 de octubre de 2012

BOLSA DE VIVIENDA JOVEN EN ALQUILER
La Bolsa de Vivienda en Alquiler es un servicio municipal cuya actividad principal es el arrendamiento de viviendas de propietarios particulares a jóvenes menores de 35 años, con el fin de que éstos últimos accedan a una vivienda con renta asequible. La Oficina facilita tanto a los propietarios de viviendas como a los jóvenes solicitantes el alquiler de las viviendas, con las suficientes garantías para unos y las ventajas económicas, jurídicas y técnicas para otros. El programa de alojamiento ofrece a los propietarios de las viviendas, sin coste para los usuarios: un seguro multirriesgo y un seguro de caución o protección de alquileres y todas las gestiones de alquiler de su vivienda.
Desde el año 2.008 desarrolla, vía convenio firmado con la Comunidad de Madrid, el Plan Alquila, programa que fomenta el alquiler de viviendas de la Comunidad de Madrid.
También desde la Bolsa de Vivienda se informa y asesora sobre cualquier tema relacionado con el alquiler y la compraventa de viviendas e hipotecas; y se informa y tramita la Renta Básica de Emancipación.
Todos los servicios de la Bolsa de Vivienda en Alquiler son de carácter gratuito.
INFORMACIÓN JÓVENES
La Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler te ofrece:
  • Apoyo en la búsqueda de la vivienda que se adecue a tus preferencias y posibilidades.
  • Revisamos e inventariamos las viviendas depositadas previamente a ser ofertadas a los jóvenes solicitantes.
  • Redactamos y supervisamos el contrato de arrendamiento, asesorando a las partes en todas las dudas que pudiesen suscitarse referidas al contrato y a toda su relación.
Requisitos para acceder a la Bolsa de Vivienda Joven:
  1. Tener una edad comprendida entre los 18 y los 35 años.
  2. Circunstancias laborales: se admitirán diferentes circunstancias laborales, como por ejemplo, trabajadores autónomos con ingresos declarados o trabajadores con contratos de obra encadenados o con vida laboral estable.
  3. Acreditar tener capacidad de pago.
  4. En cuanto a los ingresos necesarios, la renta arrendaticia no podrá superar el 40% de los ingresos netos de los inquilinos.
Cumpliendo con lo establecido en los apartados anteriores, no será necesario fiador para ninguno de los inquilinos. No obstante, cuando los jóvenes no cumplan con los niveles de endeudamiento citados, ni con la posibilidad de demostrar ingresos ni estabilidad laboral suficiente, y quisieran acceder al arrendamiento, podrán hacerlo aportando un fiador en garantía del cumplimiento del pago de la renta pactada en el contrato. Un solo avalista podrá avalar a todos los inquilinos.
INFORMACIÓN PROPIETARIOS
El Ayuntamiento de Alcalá de Henares, a través de la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler, le alquila su vivienda con todas las garantías.
Puede contactar con la Bolsa de Vivienda donde le informaran sobre las condiciones y harán una valoración de su vivienda para alquilarla a través de este servicio que incluye los siguientes beneficios:
  • Seguro de garantía de cobro de rentas, que cubre el posible riesgo de impago de las rentas, los posibles desperfectos causados en la vivienda y la defensa jurídica en caso de impago. Plazo de duración del seguro, un año.
  • Seguro multirriesgo del hogar para la vivienda. Plazo de duración del seguro, un año.
  • Modelo unificado de contrato.
  • Sometimiento de los contrato de alquiler a arbitraje, que consiste en un sistema alternativo a la vía judicial, que agiliza la resolución de conflictos.
  • Gestión profesionalizada del alquiler.
  • Seguimiento del mismo hasta su terminación.
  • Gestiona el depósito de fianzas de alquiler de la vivienda en el IVIMA.
AYUDAS PARA EL ALQUILER
RENTA BÁSICA DE EMANCIPACIÓN
Informamos a los jóvenes sobre el Plan de Apoyo a la Emancipación e Impulso del Alquiler a través de la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, aprobado por Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre (modificado por Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo), y su posterior derogación por Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre que dispone que podrán seguir siendo beneficiarios de esta ayuda quienes lo hubieran solicitado antes del 31 de diciembre de 2011.
La cuantía de la ayuda asciende a 147 €/mes.
Desde la Oficina, se entregan y reciben las solicitudes y/o incidencias, así como la documentación que pueda acompañarlas.
ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA
Se facilita información sobre el Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid, para la promoción de viviendas de protección pública para arrendamiento con opción a compra, en desarrollo del Decreto 12/ 2005, de 27 de enero y la Orden de desarrollo 1578/ 2005, de 11 de mayo. Facilitamos solicitud y documentación a presentar.
OTRAS AYUDAS
Se facilita a los jóvenes beneficiarios la solicitud de la ayuda establecida en el Real Decreto 2066/ 2008, de 12 de diciembre y la información relativa a la documentación a presentar.
Pueden acceder a este tipo de ayuda todas aquellas personas que hayan suscrito un contrato de arrendamiento y sus ingresos no superen 2,5 veces IPREM.
Plazo solicitud: 4 meses desde la firma del contrato, ampliándose a 5 meses en el caso de personas menores de 35 años.

Estamos en

Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler
C/ San Felipe Neri, 1, (esquina pza. Santos Niños, 4)
28801. Alcalá de Henares.
Tfno.: 91889 74 00 o 91 888 33 00, Ext.: 3363, 3324 y 3303
viviendajoveninfo1@ayto-alcaladehenares.es
Horario: de lunes a jueves de 09:00 a 14:00 h. y de 16:00 a 18:00 h.
Viernes de 8:00 a 15:00 h.

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