BOLSA
DE VIVIENDA JOVEN EN ALQUILER
La
Bolsa de Vivienda en Alquiler es un servicio municipal cuya actividad
principal es el arrendamiento de viviendas de propietarios
particulares a jóvenes menores de 35 años, con el fin de que éstos
últimos accedan a una vivienda con renta asequible. La Oficina
facilita tanto a los propietarios de viviendas como a los jóvenes
solicitantes el alquiler de las viviendas, con las suficientes
garantías para unos y las ventajas económicas, jurídicas y
técnicas para otros. El programa de alojamiento ofrece a los
propietarios de las viviendas, sin coste para los usuarios: un seguro
multirriesgo y un seguro de caución o protección de alquileres y
todas las gestiones de alquiler de su vivienda.
Desde
el año 2.008 desarrolla, vía convenio firmado con la Comunidad de
Madrid, el Plan Alquila, programa que fomenta el alquiler de
viviendas de la Comunidad de Madrid.
También
desde la Bolsa de Vivienda se informa y asesora sobre cualquier tema
relacionado con el alquiler y la compraventa de viviendas e
hipotecas; y se informa y tramita la Renta
Básica de Emancipación.
Todos
los servicios de la Bolsa de Vivienda en Alquiler son de carácter
gratuito.
INFORMACIÓN
JÓVENES
La
Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler te ofrece:
- Apoyo en la búsqueda de la vivienda que se adecue a tus preferencias y posibilidades.
- Revisamos e inventariamos las viviendas depositadas previamente a ser ofertadas a los jóvenes solicitantes.
- Redactamos y supervisamos el contrato de arrendamiento, asesorando a las partes en todas las dudas que pudiesen suscitarse referidas al contrato y a toda su relación.
Requisitos
para acceder a la Bolsa de Vivienda Joven:
- Tener una edad comprendida entre los 18 y los 35 años.
- Circunstancias laborales: se admitirán diferentes circunstancias laborales, como por ejemplo, trabajadores autónomos con ingresos declarados o trabajadores con contratos de obra encadenados o con vida laboral estable.
- Acreditar tener capacidad de pago.
- En cuanto a los ingresos necesarios, la renta arrendaticia no podrá superar el 40% de los ingresos netos de los inquilinos.
Cumpliendo
con lo establecido en los apartados anteriores, no será necesario
fiador para ninguno de los inquilinos. No obstante, cuando los
jóvenes no cumplan con los niveles de endeudamiento citados, ni con
la posibilidad de demostrar ingresos ni estabilidad laboral
suficiente, y quisieran acceder al arrendamiento, podrán hacerlo
aportando un fiador
en garantía del cumplimiento del pago de la renta pactada en el
contrato. Un solo avalista podrá avalar a todos los inquilinos.
INFORMACIÓN
PROPIETARIOS
El
Ayuntamiento de Alcalá de Henares, a través de la Bolsa de Vivienda
Joven en Alquiler, le alquila su vivienda con todas las garantías.
Puede
contactar con la Bolsa de Vivienda donde le informaran sobre las
condiciones y harán una valoración de su vivienda para alquilarla a
través de este servicio que incluye los siguientes beneficios:
- Seguro de garantía de cobro de rentas, que cubre el posible riesgo de impago de las rentas, los posibles desperfectos causados en la vivienda y la defensa jurídica en caso de impago. Plazo de duración del seguro, un año.
- Seguro multirriesgo del hogar para la vivienda. Plazo de duración del seguro, un año.
- Modelo unificado de contrato.
- Sometimiento de los contrato de alquiler a arbitraje, que consiste en un sistema alternativo a la vía judicial, que agiliza la resolución de conflictos.
- Gestión profesionalizada del alquiler.
- Seguimiento del mismo hasta su terminación.
- Gestiona el depósito de fianzas de alquiler de la vivienda en el IVIMA.
AYUDAS
PARA EL ALQUILER
RENTA
BÁSICA DE EMANCIPACIÓN
Informamos
a los jóvenes sobre el Plan de Apoyo a la Emancipación e Impulso
del Alquiler a través de la Renta Básica de Emancipación de los
Jóvenes, aprobado por Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre
(modificado por Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo), y su
posterior derogación por Real
Decreto-ley
20/2011, de 30 de diciembre que dispone que podrán seguir siendo
beneficiarios de esta ayuda quienes lo hubieran solicitado antes del
31 de diciembre de 2011.
La
cuantía de la ayuda asciende a 147 €/mes.
Desde
la Oficina, se entregan y reciben las solicitudes y/o incidencias,
así como la documentación que pueda acompañarlas.
ALQUILER
CON OPCIÓN A COMPRA
Se
facilita información sobre el Plan de Vivienda de la Comunidad de
Madrid, para la promoción de viviendas de protección pública para
arrendamiento con opción a compra, en desarrollo del Decreto 12/
2005, de 27 de enero y la Orden de desarrollo 1578/ 2005, de 11 de
mayo. Facilitamos solicitud y documentación a presentar.
OTRAS
AYUDAS
Se
facilita a los jóvenes beneficiarios la solicitud de la ayuda
establecida en el Real Decreto 2066/ 2008, de 12 de diciembre y la
información relativa a la documentación a presentar.
Pueden
acceder a este tipo de ayuda todas aquellas personas que hayan
suscrito un contrato de arrendamiento y sus ingresos no superen 2,5
veces IPREM.
Plazo
solicitud: 4 meses desde la firma del contrato, ampliándose a 5
meses en el caso de personas menores de 35 años.
Estamos en
C/
San Felipe Neri, 1, (esquina pza. Santos Niños, 4)
28801.
Alcalá de Henares.
Tfno.:
91889 74 00 o 91 888 33 00, Ext.: 3363, 3324 y 3303
viviendajoveninfo1@ayto-alcaladehenares.es
Horario:
de lunes a jueves de 09:00 a 14:00 h. y de 16:00 a 18:00 h.
Viernes
de 8:00 a 15:00 h.
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